Se crea el Apartado: "Protección Específica".
donde se especificará lo relativo a la Seguridad Contra
Incendios en edificios singulares.
Se hará mención a la normativa NFPA específica
del Riesgo a tratar, incluyendo las normativas NFPA de aplicación
de una manera secundaria.
Empezaremos este apartado con la protección contra incendios
en Plantas de Generación de
Electricidad, conforme a la normativa específica NFPA
850.
